En política la expresión puerta giratoria se refiere a una conducta que está tipificada como delito en varios países como Francia, Canadá y Japón, y aunque en España esta conducta no esté tipificada como delito, esto no quiere decir que no se trate de comportamientos ilegales generalizados. Vamos a analizar estos comportamientos ilegales que conlleva la práctica de las puertas giratorias.
Ramón Martínez
En política la expresión puerta giratoria se refiere a una conducta que está tipificada como delito en varios países como Francia, Canadá y Japón, y aunque en España esta conducta no esté tipificada como delito, esto no quiere decir que no se trate de comportamientos ilegales generalizados. Vamos a analizar estos comportamientos ilegales que conlleva la práctica de las puertas giratorias.
Cuando hablamos de puertas giratorias en un contexto político, estamos hablando de altos cargos públicos que al terminar su mandato se van al sector privadodonde ocupan, en muchos de los casos, puestos privilegiados en empresas, las cuales ofrecen generosas remuneraciones económicas que no se corresponden con el tiempo de trabajo ofrecido. Por ejemplo, con frecuencia el trabajo se reduce a unas pocas reuniones al año sin ni siquiera tener experiencia en el sector que se supone que los ex-políticos tienen que asesorar. Tal es el caso de Arsenio Fernández de Mesa, ex-director general de la Guardia Civil que, sin experiencia ni estudios en el sector energético,se le incorporó como consejero en el REEcon un sueldo base de 156.000 euros por 11 reuniones anuales. Estos sospechosos privilegios al ocupar cargos en el sector privado, suelen ser consecuencia de los favores que han hecho los altos cargospúblicosen el ejercicio de sus funciones al sector privado que, en pago, ofrece generosas ofertas para ocuparentre sus cargos directivos.Lo más grave de estas conductas es que, en muchas ocasiones, suponen un grave perjuicio de lo público en beneficio de los intereses privados de los que los políticos corruptos pasan a formar parte.
Delitos:
No descarto la posibilidad de que las puertas giratorias puedan recoger más conductas tipificadas en el Código Penal español, pero ya con los delitos expuestos, sería suficiente motivo para procesar a los responsables del expolio de los bienes públicos y, en mi opinión, no solo eso, sino que además se podría exigir la devolución de los bienes expoliados y procesar a los receptores de estos bienes públicos por ser coautores de estos delitos o cooperadores necesarios según el caso.
Aunque las puertas giratorias pueden suponer un conjunto de comportamientos ilegales, los cuales serían motivo suficiente para una persecución de oficio por parte del Ministerio Público en defensa de la legalidad, habría también que pensar en las consecuencias drásticas que han supuesto para la sociedad. Por ejemplo, sobrecargándo injustamente a tantas familias españolas al aumentar las tarífas eléctricas varias veces al año hasta alcanzar los precios más altos de la UE. La alevosía está en las ganancias multimillonarias que estas eléctricas han conseguido gracias a ensañarse con la población española. Pero hay consecuencias de la corrupción mucho peores para la población como los desahucios gracias a la venta de viviendas de protección oficial a fondos buitre, las muertes por falta de asistencia médica, etc.
Todos los abusos recogidos en la práctica de las puertas giratorias se permiten gracias a la corrupción del Tribunal Supremo, competente para conocer de los delitos de los presidentes de gobierno y sus ministros que, por acción u omisión, permanece impasible ante tantas ilegalidades que asolan el país con terribles consecuencias económicas para la población. Estas son las consecuencias de que políticos reputadamentecorruptos designen a dedo a los componentes del Consejo General del Poder Judicial.