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Una treta legal descubierta por Botín librará a Cristina del banquillo

Victoria | Viernes 15 de noviembre de 2013

La Casa Real, el Gobierno y la propia Infanta Cristina ya conocen la salida legal argumentada jurídicamente que hará posible que la hija del Rey no se siente en el banquillo de los acusados en el supuesto de ser imputada y procesada por el juez que instruye el caso Nóos.

La llave de este vericueto jurídico la tiene el Tribunal Constitucional, que el próximo día 19 tendrá que decidir la vigencia de la llamada "doctrina Botín". Que, en esencia, establece que no basta sólo con la acusación popular para llevar a alguien a juicio, sino que es necesario que acuse la Fiscalía o la acusación particular en calidad de perjudicado directo.

Se la conoce como "doctrina Botín" porque fueron los abogados del banquero los que ganaron dicho recurso cuando a su defendido sólo le acusaba la acusación popular. En 2007 el Tribunal Supremo dictaminó que el presidente del Banco Santander no podía ser acusado por una única acusación popular cuando ésta no era perjudicada directa. Se trataba del caso de las cesiones de crédito en el que estaban acusados Emilio Botín, otros tres ejecutivos del banco y 21 clientes.

En el caso Nóos sólo existe una acusación popular, la del sindicato Manos Limpias, que desde el principio ha pedido la imputación de la Infanta. En el caso de que el Tribunal Constitucional apoye definitivamente la "doctrina Botín" la Infanta se verá beneficiada ya que ni la Fiscalía, ni el supuesto perjudicado directo (Ministerio de Hacienda), ni el Gobierno de Baleares, ni los concejales del PSOE del Ayuntamiento de Palma van a acusarla.

Los únicos que volverán a pedir de nuevo su imputación son el sindicato Manos Limpias, quienes consideran que la Infanta Cristina ha participado al 50% con su marido, Iñaki Urdangarin, en la empresa Aizoon; y por ser conocedora del gasto para asuntos personales del dinero público recibido por contratos en el Instituto Nóos.

El precedente "Atutxa" no será suficiente

La última palabra la tiene el Tribunal Constitucional. Al día de hoy es muy previsible que se incline por mantener la "doctrina Botín", aunque encima de la mesa los magistrados tendrán también otra sentencia del propio Tribunal Supremo que matizó en 2008 su propia decisión anterior. Se trataba del caso Atutxa. Como hecho aislado en esa ocasión decidió condenar por desobediencia al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa tras negarse a disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak.

En aquella ocasión, el alto tribunal dictaminó que en los delitos que afectan a intereses colectivos, en los que no puede haber un perjudicado concreto, como es el de desobediencia, una acusación popular, que también ejercía el sindicato Manos Limpias, puede por sí sola abrir el juicio oral. Atutxa fue inhabilitado durante un año y medio para ejercer cualquier cargo público.

Pero esto fue considerado casi como un hecho aislado. La "doctrina Botín" es la que puede salvar a la Infanta de sentarse en el banquillo. Aunque también es cierto que, al día de hoy, ni el fiscal, ni el abogado del Estado, ni los concejales del PSOE personados en la causa han observado delito alguno en la actuación de la Infanta. En realidad no sería la "doctrina Botín", sino el hecho de que nadie acuse. De ahí que el fiscal no entienda la insistencia del juez en imputarla cuando en realidad sólo conseguirá que haga el "paseíllo" pero nada más.

Fuente: El Semanal Digital