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NÚMERO 117. Una abdicación de la Corona de España para ‘salir del aprieto’

Por Elespiadigital
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infoelespiadigitales/4/4/19
domingo 08 de junio de 2014, 15:04h

Hasta los republicanos de pura cepa, es decir los que mantienen la cabeza y el corazón en su sitio (raciocinio y sentimientos no confundidos), convienen en que el reinado del abdicado rey Juan Carlos I -por supuesto con luces y sombras como corresponde a toda empresa humana- ha sido cuando menos necesario.

Dicho de otra forma, ha sido un reinado en el que, pese al actual deterioro del sistema político, han podido prevalecer los aspectos positivos sobre los negativos, aunque sólo sea por el sustancial papel que jugó la Corona en la Transición del régimen franquista al nuevo Estado social y democrático de Derecho. Cosa distinta son determinadas derivas posteriores del mismo modelo constitucional, ciertamente frustrantes pero con señas de autoría mucho más próximas a los partidos dominantes en el Parlamento, PP y PSOE; mientras, eso sí, Su Majestad miraba hacia otro lado en los peores momentos, a pesar de la responsabilidad que le asigna la Carta Magna en su artículo 56.1: “El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones…”.

Nosotros no vamos a sumarnos ahora a la corriente de halagos y excesivos reconocimientos de los servicios que Don Juan Carlos ha prestado a España, ni tampoco a la que pretende minimizarlos o despreciar lo que han tenido de positivo. Preferimos que el criterio personal de cada uno tome cuerpo en la historia, porque la realidad está ahí, todavía viva, y no hacen falta guías ni señuelos para manipularla o reconducirla de forma torticera en uno u otro sentido.

Pero sí que nos preocupa, y hondamente, la sustanciación de la renuncia regia, en su forma y en sus consecuencias. Porque, hoy por hoy, España no es, ni mucho menos, un balneario político, ni económico, ni social; y sus problemas, serios y profundos, no se pueden tratar con ningún tipo de frivolidad ni en una especie de tertulia entre amiguetes con partida de cartas incluida, que nos retrotraiga a oscuros tiempos caciquiles en los que sus líderes proclamaban aquello de ‘la finca es mía’ refiriéndose a la Nación de todos.

Las oportunidades perdidas de la Corona

Hace más de un año, exactamente el 21 de abril de 2013, publicábamos una Newsletter (Nº 58) en la que llamábamos la atención justo sobre la miopía con la que la Corona estaba entendiendo el desarrollo normativo de la propia Institución Monárquica (a partir claro está de lo dispuesto en la Constitución), incluido el ordenamiento de las necesidades sucesorias. Y la iniciábamos con los siguientes párrafos sobre las oportunidades perdidas en favor de su consolidación:

El concepto de ‘oportunidad’, que esencialmente se identifica con la conveniencia de tiempo y de lugar, es fundamental en el desarrollo de cualquier actividad humana y, de forma muy especial, en el ejercicio de la política. Tiene lógicamente su contrapunto en lo ‘inoportuno’, es decir en lo que se muestra fuera de propósito y de esas condiciones de tiempo y lugar.

Los ingleses, que saben ir a lo suyo como nadie, sostienen que “hay que batir el hierro cuando está caliente” y, con un toque más ortodoxo, que “hay un momento para torcer los ojos y otro momento para mirar derecho”. En nuestro propio refranero también encontramos algunos proverbios ilustrativos de lo que significa el sentido de la oportunidad, como el de “ida la coyuntura, ida la ventura”.

En la antigua Grecia, Sófocles, experto en enfrentar la ley humana y la ley natural, ya advirtió que “la oportunidad es el mejor maestro de los hombres en toda empresa”; en tanto que Platón, alumno aventajado de Sócrates y maestro de Aristóteles, remarcaba a continuación que “la oportunidad es el instante preciso en que debemos recibir o hacer una cosa”. Ovidio, que fue desterrado de Roma hasta su muerte como autor del poema elegíaco Ars Amandi, urgía a sus contemporáneos: “Apresúrate, no te confíes a las horas venideras; el que hoy no está dispuesto, menos lo estará mañana”…

Pues bien, en los tiempos que nos ha tocado vivir, tenemos ejemplos muy significados de ‘inoportunidades’ políticas que, como es natural, han dejado en evidencia lo que en su momento fueron ‘oportunidades’, que, sin haberse aprovechado, ya serán de imposible recuperación. Porque, si cuando se puede obrar nada se quiere hacer, a donde se suele llegar es a no poder hacer cuando se quiera; al igual que, por ejemplo, la ausencia de una diagnosis prematura en una enfermedad invasiva, o su falta de prevención, llevan la salud natural a pérdidas irreparables, precisamente por la inoportuna ausencia del tratamiento más adecuado.

Los últimos gobiernos, el actual de Rajoy y sobre todo los de Rodríguez Zapatero, han sido bien generosos en desaprovechar oportunidades y en inoportunidades manifiestas, si consideramos el origen y evolución de la brutal crisis económica, política y social que estamos padeciendo. Y no digamos los sindicatos y otros entes de representación ciudadana intermedia, ya declaradamente incapaces de recuperar su prestigio y su olvidada función pública.

Pero en esa misma valoración también tienen cabida los altos organismos del Estado que, desde hace tiempo, han venido haciendo oídos sordos de muchas y sensatas recomendaciones para restaurar o actualizar la vigencia de sus principios y valores fundacionales y prevenir su agotamiento vital, sin que nadie haya prestado atención a las sabias llamadas reformistas. Aquí podríamos hablar de instituciones como el Senado, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo… y hasta de los partidos políticos, ya convertidos en simple ‘adorno’ de una democracia cada vez más aparente que real y en instrumento para administrar el empleo y los favores públicos. De forma lamentable, hoy por hoy la realidad incluye también a la Corona en esa crítica concreta de desviacionismo funcional.

No vamos a insistir en los errores que la Casa Real ha podido cometer en el ámbito relacional más íntimo, aunque la egregia familia esté sujeta por definición a pautas y comportamientos subordinados al interés del Estado y de la propia Institución Monárquica. Pero la noticia de que “el Gobierno elabora la Ley Orgánica que regulará los actos de la Corona”, dada por El Mundo en su portada del 14 de abril de 2013, justo a los 82 años de proclamarse la II República Española, nos permite traer a colación algunos hechos desconocidos o desapercibidos por los actuales diputados y senadores [que ahora habrán de resolver en trámite parlamentario de urgencia una abdicación de la Corona de España esencialmente resquebrajada]; una iniciativa en tiempo tardío (in extremis) que ya obedece al agobio judicial y mediático y sobre todo a un creciente rechazo de la monarquía por parte de las bases más jóvenes y populares del país.

Para empezar, tendríamos que recordar que al amparo de otro aniversario significativo, exactamente cuando la Constitución cumplía 20 años, Julián Marías, profesor acreditado en diversas universidades de Estados Unidos, miembro de la Real Academia de la Lengua, sobresaliente ensayista y distinguido filósofo, ya advirtió que la Monarquía Parlamentaria transitaba por los impredecibles caminos de la política sin que la Corona, uno de los pilares fundamentales del actual sistema de convivencia democrática, tuviera el preceptivo ‘desarrollo legal’. Es decir, que, a diferencia de lo que de mejor o peor forma sucedía con el resto de los contenidos establecidos en la Carta Magna, todo lo concerniente a la Corona recogido en su Título II carecía de la necesaria (si no obligada) concreción normativa, quedando su interpretación al albur de la historia.

La afinada observación del profesor Marías, que también fue senador por designación real entre 1977 y 1979, se produjo durante la conferencia magistral que pronunció en el Congreso de los Diputados, integrada en los actos oficiales de aquel vigésimo aniversario de la Constitución. Sin que dejara de sorprender, al menos a los diputados más perspicaces, el hecho de que fuera guardada sin editar (es decir haciendo de la misma algo peor que ‘caso omiso’) por la secretaría general de la institución parlamentaria que había diseñado, organizado y financiado el evento, entonces presidida por Federico Trillo-Figueroa.

La cuestión planteada por Julián Marías no era en modo alguno inoportuna ni baladí, porque el vacío legal que afectaba a la Corona ya revoloteaba sobre la cuestión sucesoria, dado que, por ejemplo, el propio artículo 57.5 de la Constitución había dejado endilgado el desarrollo de la cuestión sucesoria a “una ley orgánica”, torpemente relegada ad calendas graecas. Pero ya en 2013, parecía que, a tenor de la noticia dada por El Mundo anunciando la elaboración de lo que podría ser una ‘Ley de la Corona’ [que a fin de cuentas seguirá inédita porque la de abdicación de Don Juan Carlos es ley de ‘caso único’, además de absurda], los oídos necios se abrían por fin a las palabras sabias, aunque en todo caso de forma más alarmada y urgente que precautoria…

El impropio ‘mando supremo’ de las Fuerzas Armadas

En aquella Newsletter también consideramos, como hemos venido haciendo en otras ocasiones, la necesidad, no menor, de que en el desarrollo legal que comentamos se aclarase la naturaleza y el alcance real del ‘mando supremo’ de las Fuerzas Armadas asignado constitucionalmente al Rey, que en pura racionalidad colisiona con la potestad del Presidente del Gobierno y que, con el tiempo, tendría que recaer naturalmente en persona distinta de Don Juan Carlos de Borbón, de origen, formación y vinculación castrense muy diferente. Incluso en el caso del Príncipe Felipe como actual Heredero de la Corona.

Este tema, desatendido con total despreocupación regia durante 35 años -desde 1978-, ya se mostró jurídicamente fundamental en el desarrollo del Consejo de Guerra seguido contra los encausados por el intento de golpe de Estado del 23-F. Básicamente en cuanto a la comparecencia del Rey como testigo de los hechos, según requirió alguna de sus defensas, y por el argumento que esgrimió el Tribunal que dictó en casación la sentencia definitiva para refutar el principio de ‘obediencia debida’ al que se acogían los condenados.

Porque, no estando la persona del Rey sujeta a responsabilidad alguna según el artículo 56.3 de la Constitución (lo que exige que todos sus actos como Jefe del Estado deban ser refrendados por el Gobierno), se produce una evidente incoherencia legal con el teórico ‘mando supremo’ de las Fuerzas Armadas; lo que, a su vez, choca con el hecho incontrovertido de que la caracterización del mando reside en su capacidad para decidir y en la responsabilidad derivada del mismo. Es decir, que en la concordancia de ambas circunstancias, el Monarca no podría ser mando supremo de las Fuerzas Armadas, ni éste titular de mando ser, al mismo tiempo, Rey de España.

El mando militar es indivisible y plenamente responsable, pero el Rey es irresponsable y sus actos (salvo los que afecten al gobierno de la Casa Real) requieren un refrendo responsable ajeno a su persona. Dicho de otra forma, quien no es responsable no puede mandar.

Por eso, durante el 23-F fue patético ver como los capitanes generales se ponían, finalmente, a las órdenes incondicionales de su ‘mando supremo’, en un tema desde luego delicado pero que tenía una respuesta democrática y una dependencia política inequívocas, sin necesidad de mayor consulta. Aunque no menos chocante para esa misma sensibilidad democrática fuera ver al propio Rey lanzando sus órdenes militares, que por fortuna fueron de reconducción constitucional, a la cúpula de nuestros ejércitos en la oscura madrugada del 24 de febrero de 1981.

Y prueba de toda esta incoherencia formal, se tuvo efectivamente con el pronunciamiento del Tribunal Supremo al fallar en casación las sentencias definitivas para los encausados del 23-F. En él, y para deslegitimar el pretexto de ‘obediencia al Monarca’ argumentado por los acusados (pero que también hubiera podido expresarse como ‘obediencia militar debida al mando’), se manifestaba: “Con el debido respeto al Rey, y aceptando, por supuesto, la inmunidad que concede al Rey la Constitución, si tales órdenes del Rey hubieran existido, no hubieran excusado de ningún modo a los procesados, pues tales órdenes no entran dentro de las facultades de Su Majestad el Rey y siendo manifiestamente ilegales no tendrían por qué haber sido obedecidas”

Por otra parte, el juramento impuesto al Rey en su propia proclamación para que guarde y haga guardar la Constitución, la exigencia de que arbitre y modere el funcionamiento regular de las instituciones, la reiteración que de su condición de mando supremo de las Fuerzas Armadas se ha venido haciendo en muchos desarrollos normativos (ignorando la potestad que sobre ellas tiene el Poder Ejecutivo), las demandas sociales de una mayor transparencia en el entorno de la Institución Monárquica y otros aspectos técnicamente no resueltos en su orden funcional (como los honores y distinciones afectos a la figura de su Heredero que están sometidos a la discrecionalidad del gobierno de turno), aconsejaban en efecto un desarrollo legal urgente para clarificar y perfeccionar el Título II de la Constitución Española dedicado a la Corona.

Aunque mucho nos tememos que, tanto la Casa Real como el Gobierno, limiten su tardía reacción sólo a parchear el agujero más evidentes de la situación (dar un innecesario plácet parlamentario a la acelerada abdicación de Don Juan Carlos], perdiendo otra oportunidad histórica para afrontar sin complejos ni rodeos las reformas y el aggiornamento institucional más convenientes.

¿Se siega la hierba bajo los pies del Príncipe Felipe…?

De hecho, en la citada noticia de El Mundo (14/04/2013), Casimiro García-Abadillo no dudaba en definir la reforma en preparación como “una ley para proteger a la Corona”. Aunque advertía que “no se remitirá al Congreso hasta que se sustancie el proceso en el que están implicados las Infanta Cristina y su marido, Iñaki Urdangarin, con la apertura del correspondiente juicio oral”.

Y, a continuación, precisaba: “El Ejecutivo esperará porque quiere evitar las suspicacias que generaría la propuesta de una ley que implica mayor protección jurídica para los miembros de la Casa Real justo cuando uno de ellos puede sentarse en el banquillo”. ¿Se entiende mejor ahora lo de ‘las oportunidades perdidas de la Corona’…?

Al parecer, Alberto Ruiz-Gallardón comenzó a estudiar el tema desde su mismo nombramiento como ministro de Justicia (quizás eso forme parte de la confianza regia que, según se cuenta en los círculos más próximos al presidente del Gobierno, le encaminó directamente a ese cargo concreto). Según El Mundo, en primera instancia se pensó utilizar dos reformas legales sucesivas (otro barullo más) para introducir las modificaciones que ahora se podrían haber plasmado aún de forma sobrevenida en la ley orgánica de marras, pero que tampoco se consumarán dada su aplicación de caso único y artículo único sólo para emitir el ‘enterado’ del Congreso de los Diputados a la abdicación de la Corona (y no otra cosa aunque el Gobierno y Sus Señorías piensen de manera distinta).

De hecho, en ningún sitio está establecido que las Cortes Generales tengan que ‘aprobar’ la abdicación del rey titular de la Corona y ni siquiera ‘autorizarla’, porque obviamente no se puede obligar a nadie a ser Rey de España contra su voluntad. El acto de abdicación no es un acto ‘debido’, sino claramente ‘libre’, por lo que las Cortes Generales deberían actuar conforme a parámetros preestablecidos, que lamentablemente no lo están…

Paréntesis: A este respecto, conviene dejar constancia de cómo se ha liado el tema de la abdicación, que, siendo un acto y decisión exclusivamente dependiente del titular de la Corona, en la más lógica interpretación jurídica y política se tendría que haber solventado con una simple notificación de la Casa Real no al Gobierno sino a las Cortes Generales, donde reside la soberanía popular e institución responsable de la proclamación del Rey (artículo 61.1 CE). Con la vía de inmiscuir al Gobierno y asociar la abdicación a una absurda e innecesaria ley orgánica particular, la propia Casa Real (con asesores instalados en el limbo del Derecho Político) ha dado pie con la votación parlamentaria a que se pudiera negar esa especie de ‘venia’, obligando entonces al rey titular a reconsiderar su postura o, de forma alternativa, a la renuncia, que afectaría a sus herederos… La ley orgánica que se cita en el artículo 57.5 de la Carta Magna es otra cosa de mayor alcance que debería ordenar la abdicación y otras muchas cosas más (entre ellas el aforamiento y el nuevo estatus de Don Juan Carlos), y obviamente se entiende referida a la necesidad de desarrollar una ‘Ley de la Corona’ temática y no de caso singular.

En cualquier caso, la idea inicial del Gobierno era cambiar la Ley Orgánica del Poder Judicial para incluir a los miembros de la Familia Real en las competencias del Tribunal Supremo, al igual que ocurre con los diputados aforados; modificación que también implicaba cambios en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ahora en vía de reforma pero sin haber entrado todavía en tramitación parlamentaria. Sin embargo, al parecer se optó, como debía ser, por elaborar una ley orgánica temática de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en orden a resolver “las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona”, con la presión derivada de su tardía consideración; aunque el caso sea, como hemos dicho, que todavía se mantiene inédita.

Perdido, pues, el Gobierno en la absurda intención de encajar los problemas de la Corona en leyes generales o particulares inútiles al caso (de la Carrera Militar, del Poder Judicial, de Enjuiciamiento Criminal, de Transparencia…), en vez de propiciar directamente una ‘Ley de la Corona’ de amplias miras que pusiera lo que tuviera que poner en su cabal sitio, todo apunta a que, de paso, al Príncipe Heredero se le ha hecho el flaco favor de segar la hierba bajo sus pies; no sabemos si por la torpeza de unos y otros, incluido el entorno de La Zarzuela, o de forma maquiavélicamente intencionada para dejar herida de muerte a la propia Monarquía Parlamentaria.

Porque, ¿con qué chapuza legislativa se van a resolver la abdicación y la inmediata sucesión de la Corona de España, planteadas ambas de forma tan precipitada, por no decir tan intempestiva…? ¿Acaso con el mismo cuento de ir ‘de la ley a la ley’ que en la Transición se aceptó a machamartillo sólo por conveniencia histórica…? ¿Abusando de un lamentable rodillo parlamentario ya penosamente deslegitimado ante la ciudadanía, pero todavía respetuoso con una monarquía que se debate entre la modernización y la decadencia…? ¿Y es esa la mejor forma de disolver, de verdad, las crecientes llamadas a una III República Española…?

No sería nada extraño que la abdicación a la Corona del rey Juan Carlos, en nuestra opinión políticamente injustificada y poco razonable frente a otras alternativas más convenientes, haya respondido, en el fondo, a un hartazgo regio de asesoramientos torpes, políticos sin fuste en el gobierno y en la oposición y no pocos pelotilleros de pacotilla. Lo cierto, y revelado por Su Majestad en varias ocasiones (“No quieren hablar”, dijo refiriéndose a Rajoy y Pérez Rubalcaba), es que en los últimos meses el Jefe del Estado se ha esforzado de forma evidentemente infructuosa en lograr un gran consenso (al menos entre PP y PSOE) que permitiera revitalizar la política nacional y apuntalar como fuere la palpable invertebración territorial de España: de eso al ‘ahí te quedas y el que venga detrás que arree’, queda muy poco.

Y también es posible que una abdicación tan sorpresiva haya respondido, dígase lo que se diga, a causas ‘acelerantes’ mucho más concretas. Tales como la descomposición del bipartidismo PP-PSOE (con toda su capacidad de mangoneo político a punto de volatilizarse); la previsible radicalización del partido socialista tras la debacle de los mandatos de ZP y Rubalcaba; la más que dudosa repetición de una mayoría parlamentaria absoluta del PP; el temor a que siga creciendo el rechazo social a la monarquía (existen encuestas barométricas no publicadas que así lo indican); el escándalo que podría suponer la resolución final del ‘caso Nóos’; el crecimiento de IU y de los movimientos sociales más transgresores (como Podemos)… Y todo ello, como decimos, sin la necesaria ‘Ley de la Corona’, como si la Casa Real fuera la Casa de la Troya o la de Tócame Roque.

Una abdicación, en definitiva, de ‘calentón regio’ que no deja de ser un regalo envenenado para el Príncipe Felipe. Durante la Transición, que en el fondo supuso aceptar en buena parte la herencia política de Franco, no faltaron quienes bautizaron al rey Juan Carlos I como ‘El Breve’, de forma equivocada porque, de haber querido, fallecería con la corona puesta, que a nuestro entender sería la mejor opción para la propia Institución Monárquica. Ya veremos si ahora esta sucesión en la Jefatura del Estado, que insistimos en considerar poco afinada políticamente y al menos inoportuna, convierte a Don Felipe en un rey breve o, si aguanta el tirón (que no sería poca cosa), en un rey duradero.

De entrada, la sociedad real -o una parte considerable de ella-, la más viva y pujante que se manifiesta en la calle y en la Red porque ya no se siente representada en el Parlamento, recibe a Felipe VI en contra de su voluntad, pidiendo un referéndum sobre ‘República o Monarquía’, que al fin y al cabo es una opción prevista constitucionalmente para validar “decisiones políticas de especial trascendencia” (artículo 92.1 CE). Mientras que la posición de la mayoría presente actualmente en el Congreso de los Diputados es cosa hoy por hoy bien distinta y distante de esa realidad social.

Segundo paréntesis: ¿Qué problema real existe en coger el toro por los cuernos y convocar un referéndum, incluso a instancia del propio Heredero de la Corona, para despejar de una vez por todas las dudas sobre las preferencias sociales en torno a la República y la Monarquía…? Reafirmada por esta vía la actual forma política del Estado español -hoy todavía con mucha ventaja-, el debate quedaría agotado a futuro y la Corona más fortalecida que nunca; y en el improbable caso contrario, se aclararía una situación que no iba a dejar de explotarle a Don Felipe más pronto que tarde y con daños irreparables para justos y pecadores… ¿Es que acaso compensa a un político o a un monarca honrado y en verdad entregado al servicio de su país prevalecer supuestamente en contra de la voluntad ciudadana…?

El oficialismo político y los portavoces del poder claman contra este tipo de propuestas ‘desvergonzadas’ y en defensa de una legalidad parlamentaria que nadie les puede discutir. Pero, habiendo alcanzado el sistema político el nivel de desprestigio social que ha alcanzado, semejante pataleta no parece indicar el buen camino para llegar a ningún entendimiento nacional ni, en su caso, para amortiguar el rechazo de la monarquía…

Recordando la historia de unas enmiendas despreciadas

Que esta abdicación, un tanto pánica o de última instancia, no se plantea en el momento más conveniente ni con la oportunidad debida, también se ilustra con lo sucedido hace ahora quince años, durante la tramitación parlamentaria de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, generadora del cambio del modelo de Defensa Nacional, que pasó a ser plenamente profesional. Una reforma desarrollada en momentos paralelos al menosprecio del sabio mensaje lanzado por Julián Marías sobre el error que suponía no haber desarrollado una ‘Ley de la Corona’ en las legislaturas más inmediatas a la aprobación de la Carta Magna.

Aquella norma legal (17/1999) terminó incluyendo la siguiente Disposición Adicional Primera: “El Gobierno, mediante real decreto aprobado en Consejo de Ministros, regulará la carrera militar de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias, en la actualidad Capitán del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra (Infantería), Teniente de Navío del Cuerpo General de la Armada y Capitán del Cuerpo General del Ejército del Aire, quedando facultado para adaptar los preceptos de la presente Ley a las singularidades que se estime oportuno han de concurrir en su regulación y desarrollo, estableciendo un régimen propio y diferenciado, teniendo en cuenta las exigencias que Su alta representación demanda y las circunstancias que concurren en Su persona como Heredero de la Corona de España”.

En el trámite parlamentario del Proyecto de Ley, el diputado canario Luis Mardones, poco sospechoso de plantear veleidades sin sentido de Estado, propuso una enmienda de adición extraordinariamente oportuna y sensata, para que se añadiera al texto gubernamental un segundo párrafo redactado de forma literal en estos términos: “(…) Por ley ordinaria específica se establecerá y regulará el rango militar, con sus honores y distinciones, propio del Heredero de la Corona de España, diferenciado del régimen del personal profesional de las Fuerzas Armadas”.

En la argumentación básica de aquella enmienda, se sostenía que era necesario distinguir con claridad la persona de Su Alteza Real Don Felipe de Borbón, de la figura del Heredero de la Corona de España como alta institución y fuera quien fuere su titular, hombre o mujer, y militar o no, en cada momento. Al mismo tiempo, y considerando el nivel y las exigencias de tan alta representación, también se advertía que el precepto normativo para establecer y regular sus atributos militares (cuando existieran), con sus honores y distinciones, requería obviamente un rango jurídico de reconocimiento y estabilidad superior al real decreto, cuya promulgación es potestad exclusiva del Gobierno de turno; estimando, por tanto, que esa norma de rango menor era del todo inapropiada en relación con el carácter de la Corona como institución permanente.

Lo que políticamente subyacía en aquel lenguaje parlamentario, de forma obvia y oportuna, era la exigencia de desarrollar en efecto una ‘Ley de la Corona’. Una sabia consideración, como la previa de Julián Marías, que, más que ser desoída, enervó a los entonces torpes asesores de la Corona y del Ministerio de Defensa.

El ministro del ramo, Eduardo Serra, pidió de forma infructuosa al diputado Mardones que retirase su enmienda, que, tras no ser aceptada en Comisión, éste mantenía ‘viva’ para su defensa ante el Pleno de la Cámara. Acto seguido, sería el presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa, quien intentó lo mismo con idéntico resultado. Y, en tercera instancia, fue el propio presidente del Gobierno, José María Aznar, quien descendiendo del olimpo de La Moncloa y personalmente, que ya es decir, pidió el mismo y equivocado ‘favor’, alegando para ello sugerencias de más alta instancia; circunstancia que llevó a Mardones, escéptico ante tanta miopía política y con una excelente relación personal con Su Majestad, a responder más o menos “que me lo pida quien puede pedírmelo”.

De esta forma, sería el mismo rey Juan Carlos quien, durante la celebración de una cena de Estado en el Palacio de Oriente, comentó con Mardones la conveniencia de que retirara su enmienda antes de la votación final del Proyecto de Ley con argumentos infundados -provenientes de asesores en efecto poco avezados- que no es prudente comentar, requerimiento que fue atendido de forma disciplinada e inmediata. Pero aquí no termina la historia, que es bien reveladora en relación con las ‘oportunidades perdidas de la Corona’ que hemos comentado.

Al día siguiente, Su Majestad recibía una larga misiva del diputado y leal servidor del Estado Luis Mardones en la que, además de notificarle el inmediato cumplimiento de su petición, le desgranaba toda una serie de argumentos justificativos de su proceder, señalando el significado político de la enmienda, su largo alcance histórico y los recursos de consenso parlamentario que, en aquellos momentos, hubieran llevado a la aprobación de la enmienda sin oposición de ninguna fuerza política presente en la Cámara (los dos diputados electos de HB en aquella legislatura no llegaron a tomar posesión del escaño). Ante tales explicaciones, la contestación de Su Majestad no dejaría en buen lugar a quienes habían muñido aquella torpeza mayúscula (algo más o menos como “Estoy mal asesorado…”).

Para no hacer la historia más larga de lo necesario, digamos que ocho años más tarde, al tramitarse en el Congreso de los Diputados la Proposición de Ley que terminaría convertida en la desastrosa Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, el mismo Mardones volvió a presentar una enmienda para suprimir el artículo 2.2, devenido de la Disposición Adicional Primera de la Ley 17/1999, al que el Gobierno socialista había dado esta redacción literal: “El Príncipe de Asturias podrá desarrollar la carrera militar y tener los empleos militares que, mediante real decreto, determine el Gobierno, que queda facultado para establecer un régimen propio y diferenciado teniendo en cuenta las exigencias de su alta representación y su condición de heredero de la Corona de España”.

Esta nueva forma de ‘orientar’ la carrera militar del Príncipe de Asturias (básicamente sus ascensos), evidenciaba que, tras ocho años de vigencia, la anterior fórmula se había mostrado totalmente inoperante… Pero, no obstante, los redactores del nuevo intento, y la propia Corona, contumaces en el error, recaían en la misma instrumentación a través de un mero real decreto, y perdiendo otra oportunidad para desarrollar calmadamente la necesaria ‘Ley de la Corona’.

Por ello, tras solicitar la supresión del artículo 2.2, Mardones presentó también una enmienda de modificación al texto de la Disposición Adicional Primera, recogiendo, nuevamente de forma infructuosa, la fórmula más adecuada para establecer los atributos militares del Heredero de la Corona, por supuesto mediante norma de rango legal. El texto propuesto, era el  mismo que ya había defendido ocho años antes en la tramitación de la Ley 17/1999: “Por ley ordinaria específica se establecerá y regulará el rango militar, con sus honores y distinciones, propios del Heredero de la Corona de España, diferenciado del régimen del personal profesional de las Fuerzas Armadas”.

Pero, además, dada la insistencia del Gobierno y de La Zarzuela de querer desarrollar de forma tan inapropiada la vana carrera militar del Príncipe de Asturias, quien en la práctica y por razones obvias ni ejerce la profesión ni se puede equiparar tampoco con un militar convencional (jamás tuvo ningún destino concreto dentro de las Fuerzas Armadas, es decir que está en permanente situación de ‘no se sabe que’), Mardones tuvo que advertir en su justificación, aunque fuera desoído, las inconveniencias que podrían derivarse de sus posibles ascensos extraordinarios, no regulados por norma de rango legal. “Bien conocida [se decía en la enmienda] es la sentencia firme dictada en contra del ascenso al generalato de un coronel del Cuerpo Jurídico Militar, promovido de forma irregular por el Gobierno en el Real Decreto 1116/95, de 2 de julio, acompañada del bochorno personal e institucional que supuso la posterior degradación del afectado”

Ahora, la cuestión es saber si, tras su entronización, Don Felipe de Borbón lucirá en sus uniformes militares los entorchados de Capitán General, los mismos que su padre heredó del Generalísimo Franco de forma más que discutida. Y en tal caso, ¿en razón de qué o en base a qué disposición legal…? ¿Gracias a un decreto gubernamental que habrá de agradecer de por vida como un gratuito ascenso de cancamacola…?

¿Y por qué no puede ser proclamado Rey vestido de gala civil, dado que en todo caso el ‘mando supremo’ de las Fuerzas Armadas carece de distintivos militares como sucede en Estados Unidos…? ¿Es que acaso el Emperador de Japón, el Rey de Malasia o el de Holanda, por poner algunos ejemplos, no han sido entronizados como civiles sin que nadie cuestione su condición regia ni su ascendencia moral sobre las Fuerzas Armadas…?

Y lo evidente es que convendría haber instrumentado otra solución más lógica y aceptable, porque la innecesaria vinculación del nuevo Rey a la milicia nada dice en favor de la modernización y aceptación social de la Institución Monárquica. ¿Qué inconveniente hay para que un rey moderno y constitucional deje ese artificial y anacrónico ‘mando supremo’, que en realidad sólo sirve para dar una imagen de comisariado militar y de ciertas aspiraciones represivas propias de regímenes dictatoriales o de monarquías absolutistas…?

Y, visto el problema desde otro ángulo, ¿por qué entonces no se nombra también a Don Felipe Defensor del Pueblo o ‘jefe supremo’ del Poder Judicial, por decir algo…? ¿Es que al Rey no le basta con ser Rey y Jefe del Estado…?).

Si la política llega tarde, llega mal y a merced de lo imponderable

Con lo dicho, no parece necesario aportar más ejemplos de ‘oportunidades perdidas’ para desarrollar, conforme a sus propias exigencias, el Título II de la Constitución dedicado a la Corona, que a partir de esa norma suprema ha venido cumpliendo su alta función institucional manteniendo en el limbo legal muchos aspectos determinantes para su afianzamiento social y su proyección histórica.

Y lo cierto es que las ‘inoportunidades’ protagonizadas en los últimos tiempos por miembros de la Familia Real (de la que ahora se pretende desgajar la llamada ‘familia del rey’), algunas ciertamente escandalosas, han sido gestionados con escaso acierto, tanto en su vertiente política y jurídica como en la informativa. Con el agravante de que, además, se hayan producido en medio de una crisis global, con múltiples y graves afecciones económicas, políticas, sociales e institucionales; es decir, en tiempos de un malestar ciudadano colmatado y sin precedentes en el nuevo régimen.

Ahora, y en razón de sus ‘oportunidades perdidas’ y sus ‘inoportunidades manifiestas’, todo enseña también a la Corona su peor cara, de forma que lo que antes era tolerable (e incluso jaleado), se ha tornado en crítica y hasta en exasperación social. Ahora, todo lo relacionado con la Corona se mira con lupa y a todo se le saca punta. El polvo de otros tiempos se ha convertido en lodo, las cañas en lanzas punzantes y los pecadillos veniales en faltas mortales de necesidad, con amenaza de excomunión. Por eso estamos ante una abdicación regia resquebrajada.

Como ya hemos comentado en otras Newsletters, el presidente del Consejo de Estado, José Manuel Romay Beccaria, afirmó en una entrevista concedida al diario “ABC” (21/05/2012) nada más tomar posesión del cargo: “No hace falta hacer ninguna ley sobre la Familia Real; la Corona está muy bien”. Una opinión que debería haberse reconsiderado, porque, en apenas un año, esa supuesta ‘buena salud’ derivó en un cuadro clínico a punto de insuficiencia orgánica, pasando desde la España ‘Corinnata’ a la petición de perdón del rey Juan Carlos (“Lo siento mucho. Me he equivocado y no volverá a ocurrir”) y desde las bromitas de “El duque em…Palma…do” a que éste se pueda sentar en el banquillo de los acusados.

De hecho, también en este sentido de deriva vuelve a ser significativo lo que continuaba escribiendo García-Abadillo en El Mundo el pasado 14 de abril:

(…) Hay un debate abierto. Por primera vez desde la muerte de Franco. Los republicanos están haciendo su agosto con el desgaste de la Corona (hoy se cumplen 82 años de la proclamación de la Segunda República).

Entre los monárquicos hay división entre los que opinan que hay que dejar a Don Juan Carlos en paz hasta su muerte y quienes creen que lo mejor para la institución es que el Monarca abdique ya en el Príncipe Felipe.

El pasado miércoles, el ex presidente Felipe González dijo en un almuerzo organizado por la Asociación para la Defensa de la Transición: “De la crisis económica estoy seguro que saldremos... de la crisis política e institucional ya no estoy tan seguro que vayamos a salir”. En el centro de esa crisis institucional está la Monarquía.

Hay algunas ventajas respecto a la situación que vivía España a medidos de los 70 (fundamentalmente más nivel cultural y mayor renta per cápita), pero existe un gran inconveniente. Hace 40 años los políticos (la mayoría de ellos en la ilegalidad durante el franquismo) y la figura del Rey de España eran percibidos como la solución para llevar a buen término el proceloso tránsito de la dictadura a la democracia. Ahora, para muchos ciudadanos, los políticos y las instituciones son precisamente el problema...

Dijera lo que dijera Romay Beccaria, es innegable que cada día se ha venido hablando más y más, y sobre todo en las bases sociales populares que son los de mayor dimensión, de crisis institucional, de abdicaciones forzadas, de alternativas republicanas y de que de los 15.706.078 españoles, y no más, que el 6 de diciembre de 1978 decidieron votar a favor de la Monarquía Parlamentaria establecida en la Constitución Española, quedan cuatro y el de guitarra: un melón de agrio sabor ya abierto y que el joven Felipe VI tendrá que comerse sí o sí. Y todo porque, jugando y jugando, la propia Corona no se ha tomado lo suyo verdaderamente en serio.

Sea como fuere, con tanta torpeza institucional por medio (no sólo analítica y estratégica sino también en el día a día operativo), lo realmente triste del caso es tener que volver a recordar que, como siempre ha sucedido en relación con las grandes cuestiones nacionales, la hora de la política también llega tarde para la Corona, prácticamente cuando ha comenzado su embalsamamiento social, previo, en la cultura cristiana, a la sepultura o la cremación de la persona ya muerta.

A este respecto, nos parece especialmente acertado el artículo de opinión de Josep Ramoneda publicado en El País (26/09/2013), precisamente con el título ‘La política llega tarde’:

Los Gobiernos tienden a ser conservadores. Las inercias del ejercicio del poder generan alergia a los cambios. Estos solo llegan bajo presión, es decir, en el peor momento. En política, el principio más vale prevenir que curar tiene pocos adeptos. Por eso en tiempos inciertos como el nuestro cunde la sensación de que la política siempre llega tarde. Y a remolque del poder del dinero. ¿Es esta “la evolución natural del mundo” a la que se refiere Mariano Rajoy? Mientras el sistema político se cae a trozos, las únicas reformas que Rajoy emprende son aquellas destinadas a recortar las condiciones de vida de los que tienen menos (salarios, pensiones, subsidios) y aumentar los privilegios de los que tienen más, con la transferencia masiva de dinero de todos a los bancos y la privatización de servicios públicos básicos.

El régimen surgido de la Transición -treinta y cinco años ya- hace tiempo que da muestras de desgaste. La propagación de la corrupción, la evolución del sistema autonómico hacia formas de caciquismo posmoderno, la crisis de l’Estatut, que culminó con la decisión del Constitucional de enmendar el voto de los ciudadanos de Cataluña, la ceguera (o complicidad) de la política ante los disparates financieros que llevaron a la crisis, y el escándalo Bankia, icono de la promiscuidad entre política y dinero, son algunas de las señales que desde hace tiempo nos iban recordando que este régimen no funciona. Nadie hizo nada. El resultado es que el deterioro institucional se ha hecho imparable. Estos días, son noticia la cúspide del régimen y el soporte físico-histórico del Estado: la Corona y la estructura territorial. Rubalcaba, por fin, habla de reforma de una Constitución que la mayoría de españoles no tuvieron ocasión de votar porque no tenían 18 años. Rajoy, como siempre, no ve “razón alguna” para los cambios. Siempre me han fascinado estos miedos inefables que algunos parecen sentir: temor de Dios, temor de la Monarquía, temor de la nación, temor del dinero, temor de la Constitución. Demasiados intocables para una sociedad democrática.

La Monarquía, un anacronismo evidente, se funda en la legitimidad de sangre y no en la de los votos. Sus bazas son el carisma del Rey, como portador de lo atávico, de lo permanente, del cuerpo de la nación, y la familia, que es la vía de transmisión del poder. El Rey está enfermo, atrapado además en una cadena de errores reconocidos, en parte, por él mismo; la familia está en crisis, con asuntos de dominio público; y el agrio aroma de la corrupción ha alcanzado a la Casa del Rey. La única certeza que tenemos es que el Rey no tiene la menor intención de abdicar, según se proclamó en la primera conferencia de prensa de la historia de la Zarzuela, con escenografía propia del politburó de la URSS. Y el Gobierno dice que no hay nada que reformar. En treinta y cinco años, nuestros representantes han sido incapaces siquiera de regular la abdicación del Rey. “Reflexión pausada y prudencia”, pide de Cospedal. ¿Treinta y cinco años más? Siempre hay una excusa para que nada cambie. Unos dicen que cualquier movimiento sería precipitado antes del desenlace del caso Nóos. Otros, que la situación de Catalunya desaconseja cualquier mudanza. ¿Alguien cree realmente que, en las circunstancias actuales, el Rey puede ejercer alguna función arbitral? La norma de nuestros políticos aconseja no afrontar nunca las situaciones hasta que se hacen insostenibles. Y cuando eso ocurre, por lo general, ya es tarde.

Es lo que está pasando en relación con Cataluña. Al PP y al PSOE les cuesta enormemente construir una respuesta alternativa a la secesión. Primero, perdieron mucho tiempo negando la realidad, en parte porque para ellos el problema entraba en el ámbito de lo impensable. Después se han enrocado en la legalidad, convirtiendo un problema político en jurídico, forzando de esta manera enormemente las costuras de las instituciones. El Tribunal Constitucional es una víctima evidente de esta dejación de responsabilidades de la política. Y finalmente, cuando algunos, como Rubalcaba, asumen que algo hay que cambiar (Rajoy sigue en lo suyo: vivimos en el mejor de los regímenes posibles), hay quien sospecha que el momento adecuado ya pasó. El eterno pánico al cambio lastra el atrevimiento necesario para las soluciones audaces que requieren los problemas estructurales. Ante esta parálisis selectiva del régimen, no es extraño que cunda la idea de que la política llega tarde a todo menos a defender los intereses del dinero. Si la política fuera capaz de prevenir, nos ahorraríamos muchos tratamientos dolorosos a la hora de curar. El buen político es aquel que es capaz de anticipar. Y obrar en consecuencia.

Claro está que esa seriedad planteada por el columnista Ramoneda, significa subordinar la mezquindad y la pachanga a la grandeza política y que quienes titulan la Corona, el Gobierno y la Oposición se muestren como auténticos estadistas. Algunos reyes españoles lo fueron, y ahora, en tiempos bien que mal mucho más confortables, Don Juan Carlos de Borbón ha preferido no seguir sus pasos hasta el final y trasladar esa gran responsabilidad al Príncipe Heredero sin necesidad, con el peligro de desenterrar en muy mal momento el debate sobre ‘Democracia, Monarquía y República’ y cosas algo más indigestas. Está claro que el Rey no gobierna, pero reina, y eso tiene un recorrido que se puede andar hacia oscuras épocas del pasado o hacia la gloria; y parece que en esas estamos.

Fernando J. Muniesa