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Ciudadanos, ¡no votéis!

Por Elespiadigital
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infoelespiadigitales/4/4/19
lunes 18 de septiembre de 2017, 21:00h

Naturalmente, en el seudorreferéndum convocado en Cataluña para el 1-O, estamos ante una forma de consulta popular prevista en el artículo 92 de la Constitución y regulada por la Ley estatal de 1980 y la catalana 4/2010, que desarrolló el artículo 122 del Estatut de 2006. De estas normas se deducen varias conclusiones taxativas. La convocatoria del referéndum es "competencia exclusiva del Estado", es solo "consultivo" y, en todo caso, según la ley de 2010, que refleja otros preceptos similares, la administración electoral "no puede influir en ningún caso sobre la orientación del voto". Principios desarrollados por el Tribunal Constitucional.

Carlos Jiménez Villarejo*

 

Carlos Jiménez Villarejo*

Naturalmente, en el seudorreferéndum convocado en Cataluña para el 1-O, estamos ante una forma de consulta popular prevista en el artículo 92 de la Constitución y regulada por la Ley estatal de 1980 y la catalana 4/2010, que desarrolló el artículo 122 del Estatut de 2006. De estas normas se deducen varias conclusiones taxativas. La convocatoria del referéndum es "competencia exclusiva del Estado", es solo "consultivo" y, en todo caso, según la ley de 2010, que refleja otros preceptos similares, la administración electoral "no puede influir en ningún caso sobre la orientación del voto". Principios desarrollados por el Tribunal Constitucional.

En la Llei 19/2017 reguladora de la consulta ya convocada, el Govern ha obrado, como dice con acierto la Fiscalía, con "una pertinaz, inequívoca e irreversible voluntad de un abierto incumplimiento de dichas normas", incluida la Constitución, en el marco de un "total desprecio" de dicha norma fundamental.

Estamos ante el Gobierno y el Parlamento de una comunidad autónoma que, además, funda sus decisiones, con evidente mala fe, en un supuesto "derecho de autodeterminación" del que sabe que carece, ya que fue proclamado por la ONU en 1960 para impulsar la descolonización de los pueblos sometidos económica y políticamente a las potencias occidentales.

La presente ley, como la de "transitoriedad jurídica", parten y se desarrollan desde un conjunto de manipulaciones y tergiversaciones legales que pretenden construir sobre la "voluntad mayoritaria del pueblo" y la "mayoría muy amplia de este Parlament", lo que es una evidente falsedad si se comprueban los resultados de las elecciones de 2015.

Estamos, pues, ante un Gobierno autonómico que, sin más, se autoconstituye en "sujeto político soberano" que tiene la osadía de imponer, a través de esta ley, "un régimen jurídico excepcional" --una especie de Estado de excepción-- que, según el artículo 3.2, "prevalece jerárquicamente" sobre todo el marco normativo constitucional. Y, desde esta posición, alteran todo el régimen legal en vigor del referéndum. En primer lugar, al someter a votación un derecho, el de secesión de los pueblos de España, que no está contemplado en la Constitución. Al imponer al mismo un carácter "vinculante" que contradice la naturaleza y los fines de esa clase de consulta democrática.

Y dos ausencias fundamentales: no establecer un plazo razonable entre la publicación de la ley y la celebración de la consulta y, sobre todo, dada la trascendencia histórica del objeto de la pretendida consulta, no establecer una mayoría cualificada de participación del cuerpo electoral y otra mayoría, también cualificada, de votos afirmativos respecto de los negativos. Son medidas que constituyen una garantía para evitar o atenuar las graves e irreversibles fracturas sociales que pueden derivarse de decisiones de esta naturaleza. Sobre todo, cuando ya es patente en Cataluña la ruptura de nuestro tejido social y la tensión entre las instituciones públicas.

Es igualmente grave y perjudicial para la convivencia que la citada ley afirme, contra toda verdad, que "las administraciones públicas catalanas han de mantenerse neutrales en la campaña electoral", cuando es patente y obvio que el Govern convocante está violando sistemáticamente la neutralidad a que está obligado a través de los medios públicos que controla por completo. ¿Alguien cree, desde que se anunció el referéndum, que el Govern está actuando con respeto del "pluralismo político y social", de la "neutralidad informativa" y de la "igualdad de oportunidades"? Exactamente, está ocurriendo lo contrario, con una flagrante violación de la legalidad, incluso de su propia legalidad.

Y por si no fuera suficiente, el Govern, desde la restauración de la democracia en 1978, es el primero que crea una administración electoral expulsando a los jueces, que siempre han sido y siguen siendo la principal garantía en el control del proceso electoral. En su lugar, los sustituye por "juristas y politólogos (¿?)" de su confianza.

A esto, algunos lo llaman "democracia". !Qué forma de falsear los conceptos e ignorar la realidad!

El independentismo, ¿camino del fracaso?

El referéndum no es una señal inequívoca de democracia. Así lo acreditan los convocados durante la dictadura franquista. En relación al convocado verbalmente (¿?) por el Govern, podría afirmarse lo mismo, cuando, en este momento, anunciada la fecha y la pregunta del supuesto referéndum, es evidente que la Generalitat carece absolutamente de competencia legal, estatal y autonómica para convocarlo en los términos que pretende, sobre la independencia de Cataluña.

La ley catalana 4/2010 de consultas por vía de referéndum ya exigía que la administración electoral "no puede influir en ningún caso sobre la orientación del voto". Con mucha mayor precisión, la siguiente Ley 10/2014 de "consultas populares" disponía como "obligaciones de la administración" que las "consultas populares" estarán presididas por los principios de "transparencia, publicidad, claridad, neutralidad institucional, pluralismo, igualdad, no discriminación, inclusión y protección de los datos de carácter personal" (Art.2.1).

Principios legales, garantías de objetividad e imparcialidad por parte de quien convoca dichas consultas completamente ausentes en el actual proceso, lo que representa una constante violación de la propia legalidad catalana. Que es paralela a la violación del ordenamiento jurídico estatal. Por más que el Govern y dirigentes independentistas culpen al Gobierno de España de lo que llaman persecución del procés, lo cierto es que el poder judicial, en el ejercicio de su función constitucional, es el que, afortunadamente, está reaccionando ante los abusos de poder y gravísimas infracciones penales que están cometiendo.

El poder judicial, en el ejercicio de su función constitucional, es el que, afortunadamente, está reaccionando ante los abusos de poder y gravísimas infracciones penales que están cometiendo

El mejor precedente fueron las palabras del fiscal en el juicio oral a Artur Mas por la consulta del 9-N: "Señor Mas,este juicio también es democracia".

Pero hay precedentes muy graves y relevantes. En 2015, la ANC, cuando la presidía Carme Forcadell, fue sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos con una importante multa por violación del derecho constitucional a la intimidad de los ciudadanos en la encuesta preparatoria del 9-N. Nadie parece acordarse.

Los actuales gobernantes de Cataluña están obligados a cesar en las conductas que atentan al ordenamiento vigente en el Estado democrático de derecho. ¿O es que pretenden constituirse en una casta privilegiada al margen de la ley? Hasta el punto de alegar una supuesta "inviolabilidad" de la que carecen todos los cargos públicos de nuestro Estado, a excepción del Rey.

Varias señales alertan de esta situación:

1. Ya se ha dictado la primera condena (Juzgado Penal número 1 de Lleida) por amenazas y coacciones con la agravante de discriminación ideológica fundada en el nacionalismo catalán.

2. La consulta que se pretende, bajo la apariencia legal de un referéndum, no podrá acceder a los datos del censo electoral, como así lo acreditó el Juzgado Contencioso número 2 de Barcelona, cuando anuló "la puesta a disposición" de la Generalitat de los datos del padrón municipal para la consulta del 9-N que había acordado el Ayuntamiento de Cabrils.

3. Los procesos penales incoados contra dirigentes independentistas, sobre todo por delitos de prevaricación y desobediencia, dos de ellos ya sentenciados (contra Homs, Mas, Ortega y Rigau) y varios más contra la presidenta Forcadell, otros miembros de la Mesa y la consejera Borràs.

Además, es obvio, por rigurosos fundamentos jurídicos, que Cataluña carece del que denominan "derecho imprescriptible e inalienable a la autodeterminación", solo reconocido, en 1960, a los pueblos sujetos a explotación colonial.

Como es, igualmente grave y desafiante para nuestro Estado democrático, que, como se afirma en las resoluciones 263/XI y 306/XI del Parlament (no se olvide, de representación minoritaria de la ciudadanía catalana), se plantease la consecución de la independencia en tres fases: "una primera de proceso participativo, una segunda fase de desconexión con el Estado español" y una tercera de ratificación de los acuerdos anteriores por un referéndum.

Ante la evidente inviabilidad y, por tanto, fracaso real de tal proyecto, dicho objetivo es reemplazado --con evidentes torpezas propias de aprendices (basta comprobarlo con el tema de las urnas)-- por "un referéndum vinculante sobre la independencia de Cataluña", para lo que, como ya se ha dicho, carecen absolutamente de competencia. Y, todo ello, desde un Govern con un control absoluto sobre los medios de comunicación públicos y gran parte de los privados. Por ello, resulta provocador que en la Resolución 306.6 se proclame favorecer espacios para "los partidarios del sí y del no a la independencia en igualdad de condiciones". ¿Cómo puede llegarse a este grado de cinismo y mendacidad cuando el propio Govern ha hecho del el centro casi exclusivo de toda su acción política?

¿Cómo no van a ser perseguibles penalmente quienes, de forma tan patente y reiterada, menosprecian, vulneran y violan abiertamente nuestro ordenamiento constitucional? Cualquier ciudadano, por mucho poder del que disponga, está sujeto a la ley y debe responder ante los tribunales.

Por todo ello, es revelador de sus verdaderos propósitos autoritarios que afirmen respecto a la llamada "Asamblea Constituyente" que pretendían crear que "ninguna de sus decisiones será susceptible de control, suspensión o impugnación por parte de otro poder, juzgado o tribunal". Es una disposición de signo fascista. En todo ello parece resonar el aliento golpista de Gil-Robles cuando en 1934, en El Escorial, gritaba: "Tomaremos el poder cuando queramos".

Aquí, eso no ocurrirá.

El gran fraude independentista

"Cataluña no es problema para España, sino uno de sus elementos integrantes más vivos", decía Tomás y Valiente unos meses antes de ser asesinado por ETA. Y añadía: "Cataluña forma parte de una realidad histórica, cultural y política llamada España, concebida como estructura plural, heterogénea y equilibrada. Con equilibrio inestable, ciertamente, como ocurre con todas las realidades vivas".

Estas palabras deberían haber ilustrado a quienes, en su lugar, se empeñan en romper el marco constitucional democrático de 1978 por la senda, sin duda errónea, del independentismo.

Pero, además, lo hacen, ya desde 2011, con políticas fraudulentas que causan un grave perjuicio a los ciudadanos. Entendiendo por fraude, en términos académicos, toda "acción contraria a la verdad y rectitud que perjudica a la persona contra quien se comete". Vamos a ilustrarlo.

Una de las máximas expresiones del fraude ciudadano y del correspondiente fracaso democrático de los gobiernos independentistas es el progresivo deterioro, cuando no destrucción, del "derecho a la protección a la salud" y a la "tutela de la salud pública". Es una constatación pública e indiscutible. Basta examinar la reciente comparecencia del presidente del Colegio de Médicos ante el Parlament. En ella, ha alertado del "cóctel explosivo de la precariedad laboral que se ceba especialmente entre los jóvenes". Según un informe del propio colegio, "una vez acaban los años de residencia, uno de cada cuatro médicos no encuentran trabajo, y de los que lo hacen casi el 90% tiene contratos temporales". Pero hay más, si "en 2006 los contratos laborales temporales afectaban al 27,3% de los jóvenes, el porcentaje de contratación temporal ha ido aumentando progresivamente en los últimos años hasta llegar a casi la mitad: el 47,2% en 2015". Son datos muy expresivos de la pésima gestión de la salud pública por parte de los soberanistas, que repercute, nadie lo puede dudar, en la muy penosa asistencia de los pacientes.

Pero el cuadro es mucho más grave. Así resulta del análisis del experto Antoni Barbará, médico, que recientemente ha publicado el estudio Autodefensa ante la crisis sanitaria pública en Cataluña (La Lamentable, 22/3/2017) en el que expone las consecuencias, no remontadas, "del boirruizismo caracterizado por la ejecución palmaria de su estrategia neoliberal" aplicada a la sanidad pública. Los nefastos efectos en la asistencia sanitaria pública son palpables y representan la negación del derecho fundamental ya referido.

Pueden citarse varios. Las listas de espera para intervenciones quirúrgicas alcanza ya, según el autor citado, las 164.000 personas. En los Centros de Atención Primaria, las listas de espera para pruebas diagnósticas superan las 500.000 personas. Todo ello, consecuencia de la eliminación de más de 6.000 puestos de trabajo en la asistencia primaria.

Estos datos, entre otros, ha dado lugar al incremento de pacientes que suscriben seguros privados ante la inasistencia de los servicios públicos de salud (superando el 28% de la población catalana).

Pero, además de este derecho fundamental, hay otros más urgentes y necesarios que son igualmente desatendidos. Especialmente, la protección de la familia y la "protección integral de los hijos".

Según la Red europea de lucha contra la pobreza y la exclusión social, con datos de 2015, después de cuatro años de gobierno de CDC y de Artur Mas, las cifras son estas. En Cataluña, 393.000 personas --el 5,2% de la población-- estaban en situación de pobreza extrema, es decir, tenían que sobrevivir con ingresos mensuales inferiores a 332 euros. Y constatan que desde 2009 dicha pobreza había crecido un 1,4%. Si se trata de pensionistas, algo más de 784.000 personas están por debajo del umbral de la pobreza.

En Cataluña, el 5,2% de la población está en situación de pobreza extrema, y 784.000 pensionistas viven por debajo del umbral de la pobreza

En el mismo año, 503.000 personas --el 6,7% de la población-- vivían en lo que se califica como privación material severa, lo que les impide acceder a ciertos recursos básicos. A ello, se une que el 8,8% de la población menor de 60 años vive en hogares con baja intensidad de empleo, lo que, obviamente, reduce su renta media y nivel de vida.

En este contexto de tantas carencias y, en definitiva, de pobreza, veamos cómo la Generalitat, en ese año 2015, empleaba los recursos públicos, es decir, los de todos los catalanes y catalanas.

Es verdaderamente vergonzoso y antidemocrático que ante las expuestas privaciones de derechos básicos y la parvedad de recursos de una parte significativa de la ciudadanía, la Generalitat independentista dilapide dichos fondos en la forma que, resumidamente, exponemos. Siempre y solamente durante 2015, bajo el mandato de Artur Mas.

El Govern, solo en la denominada "publicidad institucional" --concepto de contenido indefinido-- invirtió 31millones de euros (equivalentes a más de 5.000 millones de las antiguas pesetas). El Grupo Godó percibió 6.223.410 euros. El diario Ara, 2.122.949 euros. La inversión pública por razón del uso del catalán en La Vanguardia, El Periódico, Ara y El Punt Avui alcanzó la suma de 3.180.000 euros. Y las subvenciones por el mismo concepto a los medios digitales Nació Digital y Vilaweb representó un gasto público de 682.000 euros. Más la subvención a TV3 que, en 2015, fue de 2.897.777 euros. Despilfarro de fondos públicos a los que habría que sumar, aunque de menor entidad, las subvenciones a los seis diarios comarcales.

Es verdaderamente vergonzoso y antidemocrático que ante las privaciones de derechos básicos, la Generalitat independentista dilapide fondos públicos

Es un cuadro fiel de quién y cómo está dirigiéndose el proceso independentista. El coste económico del mismo --sólo una aproximación-- y quiénes están sufriendo en sus vidas las consecuencias de ese tan disparatado proyecto.

Un exponente más de las trapacerías de quien hoy gobierna Cataluña. En la recientemente aprobada Ley de Presupuestos se incluye una disposición, la 40, que acuerda "habilitar una partida" --de cuantía indeterminada-- para organizar "un proceso refrendario", cuando, en la actualidad, tal proceso carece en absoluto de fundamento legal. Es justo y razonable que dicho precepto haya sido suspendido por el Tribunal Constitucional.

Por todo ello, hoy más que nunca: no a la independencia.

* Ex fiscal general Anticorrupción y ex eurodiputado de Podemos