Juan Antonio Aguilar
Todavía hay cosas que tienen la capacidad de escandalizarnos. Y a estas alturas, es difícil. Así ha sido con un reportaje publicado por el medio El Confidencial, donde se daba pábulo a una propuesta delirante de un, parece ser, reputado jurista.
El pasado 12 de junio, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba una serie actuaciones contra la desinformación, fake news y los bulos. Lo llamó "paquete de calidad democrática". Una propuesta que lanzaba en pleno terremoto por las informaciones que cuestionaban los negocios de su esposa, Begoña Gómez, que derivó posteriormente en sus cinco días de reflexión.
Pero ya hace más de un año, un denominado experto redactó un nuevo tipo penal para dar con los huesos en la cárcel a todo aquél se sea señalado por los órganos represivos como “desinformador”. Se trata de
Adrián Marchal, un académico universitario con conocimientos en ciberinteligencia, crimininología, nuevas tecnología y Derecho Penal, que publicó en el
Boletín Criminológico de la Universidad de Málaga (UMA) el
estudio La necesidad de un nuevo tipo delictivo: La desinformación como una amenaza para el orden público. O sea, una nueva “ley de orden público” que, en coherencia, debería llevar adosado un Tribunal de Orden Público… exactamente igual que en tiempos de la dictadura.
El presunto “trabajo de investigación” defiende la creación de un nuevo artículo en el Código Penal (CP) que permita a policías, fiscales y jueces actuar contra lo que él, en consonancia con el aparato de represión del Régimen del 78, denomina "un verdadero problema que afecta a la seguridad nacional del país" y que se castigaría con penas que oscilarían entre los seis meses y los cuatro años de cárcel y detalla las herramientas existentes para “defenderse de los posibles excesos” de los medios para explicar que estamos mirando al dedo en vez de a la luna. "Hablamos de grupos perfectamente organizados, operaciones orquestadas con ‘bots’, como se ha demostrado que ocurrió el 1-O en Cataluña y la injerencia rusa". Y aquí es donde ya asoma la patita el personaje: la concordancia de la “preocupación por la seguridad nacional” de este individuo con el discurso y las consignas de la OTAN.
Marchal propone un artículo nuevo en el Código Penal: el 561 bis con el que atajar las "campañas de desinformación" con una “intencionalidad desestabilizadora” (no nos engañemos, las que decida la OTAN) y que considera necesario poner en marcha porque "nos encontramos en un momento especialmente vulnerable". Dicho claramente, Marechal quiere que nos metan en la cárcel a aquellos que no seguimos el discurso oficial y podemos ser tachados como “desinformadores”, “agentes del Kremlin”, “amigos de Irán”, “negacionistas” y demás mamarrchadas que toda esta caterva de sicarios de la oligarquía utiliza para cerrar la boca cualquier disidencia que ellos consideren que hay que cerrarles la boca.
Marchal explica que “su norma” norma recoge una serie de tipos delictivos a los que se suelen recurrir para defender que hay suficientes herramientas para combatir un fenómeno que en la Estrategia de Seguridad Nacional se considera la segunda principal amenaza del país. ¿Cuáles son? Pues las típicas habituales que se suelen utilizar por el poder para ejercer su dictadura: Calumnias e injurias, desórdenes públicos (¿?), delito de odio, contra la integridad moral, descubrimiento y revelación de secretos. Incluso los que “atentan contra la salud pública”… ¿incluso oponerse a que te pinchen una pócima?
Pero el autor de tan infame estudio cree que todo esto no es suficiente y que hay que apretar más las turcas a los “desafectos”, argumentando que "existen actuaciones graves que en la actualidad están quedando impunes. Produciéndose un ataque contra las instituciones públicas, mermando la confianza de los ciudadanos en sus gobernantes, fomentando una radicalización de ideas y, en definitiva, debilitando el Estado democrático y de Derecho".
Para ello, este neoinquisidor propone cuatro puntos y un agravante que su autor considera que debe encuadrarse en el Título XXII del CP sobre los delitos contra el orden público. Concretamente, "en su capítulo III, dedicado a los desórdenes".
El punto 1 recoge: "Será castigado con pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de seis a doce meses, el que, a sabiendas y con intención de generar una percepción de inseguridad, pánico, desconfianza en las instituciones públicas, desafección o polarización, difunda a través de medios de comunicación, informáticos o telemáticos, una información falsa o manipulada que resulte idónea para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad en un grupo o población". Es decir, desconfiar, no estar de acuerdo con el poder o enfrentar la ideología dominante pasa a ser delito. ¿Y esto quien lo va a decidir? Pues ellos, que se convierten en juez y parte, en lo que es una voladura del Estado de Derecho. Y se ha parado en cuatro años de cárcel (por analogía con el delito de estragos públicos), pero podía arbitrariamente haber propuesto 15 o 30 años de cárcel… a gusto del nuevo Santo Oficio.
Los siguientes puntos de Marchal rozan el delirio (recordemos que es un desorden mental). En el punto 2 de su propuesta, dice que "la pena se impondrá en su mitad superior si la información ha sido difundida utilizando técnicas que permitan la publicación del contenido de forma automática, autónoma y masiva o por cualquier otro medio que facilite la viralización del contenido publicado". Y en el tercero especifica que "el juez o tribunal acordará la retirada de los contenidos que se encuentren alojados en las diferentes tecnologías de la información y la comunicación". "Asimismo, podrá acordar el bloqueo del acceso o interrupción al portal de acceso a internet o servicio de la sociedad de la información donde se encuentre el contenido", añade. Censura, cárcel, ruina económica, represión… para los que ellos decidan que son “desafectos”… ¿No suena a dictadura?
El cuarto punto aclara que, "en todo caso, las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las penas correspondientes a los demás delitos efectivamente cometidos". Y serán los jueces los que puedan aplicar la agravante que el autor vincula, por ejemplo, con la utilización de granjas de bots y trolls para amplificar el mensaje. Dicho de otra forma, los medios de intoxicación y manipulación cognitiva de la OTAN, la chusma de Bruselas o los poderes políticos y sus medios, PUEDEN utilizar todo tipo de tecnología, como bots, para amplificar su mensaje… pero si lo hace el disidente, ¡a la cárcel con él! Magnífico este jurista, el “académico” Marchal.
El trabajo remarca, para colmo y con la típica verborrea del que esconde una intención inconfesable, que "la conducta que tendrá que ser recogida en ese futuro tipo penal, deberá ser una acción de desinformación de entidad suficiente, que atente contra ese bien jurídico supraindividual y sea capaz de generar un influjo psicológico que pueda afectar a la percepción y toma de decisiones de las personas".
Que nadie piense que el señor Adrián Marchal es un baluarte del aparato de Pedro Sánchez y sus aliados. Realmente, viene de una de las típicas instituciones reaccionarias de la derecha, como es la Universidad Nebrija.
"La gente no es consciente de la situación", lamenta el autor. Claro, la gente es tonta. El que de verdad es consciente de la realidad es él, tocado por la mano divina que empodera a los pitonisos y visionarios. Lo bueno de Marchal, hay que reconocerlo, es que no esconde su espíritu inquisitorial: "Lo que es necesario es que en el Código Penal se recoja esta acción, porque si no es así, los policías no pueden perseguirla. Y si los policías no pueden perseguirla, no se pueden llevar a los autores ante un juez. Y entonces, no se puede castigar. El problema es que, mientras tú y yo estamos hablando de este tema, te aseguro que hay gente que se está aprovechando". Dicho claramente, lo que intentamos informar desde una postura crítica somos unos “aprovechados” y hay que “castigarnos”. Oleeeee…
Finalmente, Marchal se delata y queda en evidencia el origen intelectual de su propuesta: "
No estamos hablando de cosas conspiranoicas, ni paranoias", porque la
OTAN, el
Departamento de Seguridad Nacional (DSN) y los servicios secretos de numerosos Estados “
han dado pruebas de que la desinformación existe”.
Marchal considera que hay que aplicar una "política criminal" adecuada para prevenir y erradicar la desinformación. Que incluya, además de leyes, trabajar en los campos educativo, social o económico: "¿Tenemos identificado el problema? Claro. ¿Estas medidas ayudan a revertir, mitigar o prevenir el problema? La respuesta es sencilla: no". Es decir, hay que ir a un formato totalitario, de pensamiento único, de adoctrinamiento en la educación, los medios de comunicación y la sociedad.
Nada nuevo. Una vez más se evidencia que el Derecho no es más que los intereses de la clase dominante convertidos en Ley…
Quizás Marchal no quiera verlo, pero en su propuesta se esconde el terror, la represión y la persecución al disidente, y cuando se quede corta, porque se quedará, dado que el ansia de libertad de las personas es inabarcable, esa misma lógica llevará a la tortura y, finalmente, al crimen y al asesinato. Sobre su conciencia, Sr. Marchal.