Carlos Esteban
Una de las grandes mentiras de una pandemia pródiga en ellas, el origen del virus en un animal contaminado —murciélago o pangolín—, no sólo se ha demostrado finalmente como tal pese a que durante años fuera anatema sugerir que el virus procedía del laboratorio virológico de Wuhan, en China, hasta el punto de ser una versión rechazada por «expertos», ridiculizada y censurada en redes y medios; lo más grave es que la Administración Biden conocía la verdad, y la ocultó.
Dos son los nuevos informes que vienen a confirmar este escandaloso hallazgo. En primer lugar, un informe que acaba de publicar el Departamento de Defensa revela que el Pentágono nunca investigó formalmente la posibilidad de que miembros del servicio estadounidense pudieran haber sido infectados con covid durante los Juegos Militares Mundiales en Wuhan en el otoño de 2019.
Además, un análisis recientemente publicado por una unidad de la Agencia de Inteligencia de Defensa (DIA), hecho público a través de la Ley de Libertad de Información esta semana, señala que el Centro Nacional de Inteligencia Médica (NCMI) de la DIA creyó desde el primer momento que el origen del virus estaba en una fuga del laboratorio de Wuhan, a pesar de los esfuerzos del «zar de la pandemia», Anthony Fauci, por descartar la posibilidad.
El análisis recién publicado del NCMI de la DIA, con fecha del 25 de junio de 2020, concluyó que «las capacidades de biología molecular del laboratorio de Wuhan y la evaluación genómica son consistentes con la hipótesis de que el SARS-CoV-2 fue un virus diseñado en laboratorio». El análisis del NCMI, hecho público cinco años después, indicaba que la evidencia disponible, incluso en las primeras etapas, era consistente con el surgimiento del covid-19 a través de una fuga de laboratorio en el Instituto de Virología de Wuhan (WIV).
El WIV estaba dirigido por la llamada «mujer murciélago» Shi Zheng-li, y los científicos de defensa médica estadounidenses afirmaron que el SARS-CoV-2 podría haber sido «parte de un banco de virus quiméricos en el laboratorio de Zhen-Li Shi en el WIV que escapó a la contención».
Los protocolos sanitarios escondieron una eutanasia encubierta durante la pandemia
José Rosado
Hace unas semanas, el arzobispo de Tarragona, Joan Planellas, criticaba en un artículo de La Vanguardia a raíz de la aprobación de la ley de la eutanasia que «hay una práctica no escrita, pero real en ciertos ámbitos del sector médico, según la cual a los pacientes de cierta edad no se les deben practicar determinadas pruebas ni proporcionarles determinados tratamientos porque se considera una cosa innecesaria que va en detrimento de otros pacientes con más probabilidades de sobrevivir».
Planellas denunciaba que hacer este planteamiento «equivale a decir que las personas mayores ya no son útiles a la sociedad y, como han hecho su camino en la vida, no hay que dedicarles los mismos esfuerzos que a los pacientes que todavía sí pueden ser útiles o vivir más años».
Jaume Padrós, presidente del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, calificó el artículo de Planellas de «lamentable». «Más allá de las barbaridades que dice, muestra un desconocimiento total de lo que es la adecuación del esfuerzo terapéutico y evitar prácticas fútiles y empeño terapéutico».
De hecho, unos días después, el propio Padrós aseguraba para La Vanguardia que la edad «es ahora menos determinante que nunca, no decide lo que se hace o no». «Los cirujanos elaboramos guías que, ante un paciente de edad avanzada, ayudan a evaluarlo de forma global, valoramos su fragilidad (…). A veces, una intervención puede suponer más riesgos que beneficios y se busca otro tratamiento. O hay algún paciente que no quiere operarse», añadía.
Eutanasia en la práctica
Lo cierto es que los protocolos médicos sí esconden una eutanasia encubierta por parte del sistema de salud contra los más mayores. Un documento del Departamento de Salud de la Generalitat del 24 de marzo de 2020 llamado Recomendaciones de apoyo a las decisiones de limitación de esfuerzo terapéutico por pacientes con sospecha de COVID-19 e insuficiencia respiratoria aguda advertía de los riesgos de saturación del sistema y ofrecía consejos sobre actuación.
Según el texto, elaborado por el Grupo de trabajo de Ventilación, la Jefatura de Emergencias, la Dirección Médico y la Enfermera del SEM, las infecciones emergentes ponen en muchas ocasiones en juego las capacidades de atención de los sistemas sanitarios, sobre todo cuando el número de pacientes graves o críticas supera y amenaza las capacidades de atención del sistema.
Así, recomendaba planificar los recursos y «mantener una ética en la toma de decisiones basada en ofrecer los recursos a aquellos pacientes que más se puedan beneficiar, en términos de años de vida salvados, máxima supervivencia al alta, evitar ingresos en pacientes con escaso beneficio, ya sea por patologías respiratorias por la COVID-19 o de otras patologías que condicionen el estado crítico, evitar el fenómeno del ‘primero que llega, el primero que ingresa’ y aplicar estos principios a todos los grupos de pacientes por igual, no solo a un grupo concreto como los pacientes geriátricos».
Este protocolo señalaba que, si bien todo paciente tiene derecho a recibir asistencia, la intensidad se determinaría según criterios de idoneidad. También matizaba que la edad «nunca» debe ser el único criterio a utilizar a la hora de decidir la limitación del esfuerzo.
A continuación, detallaba el tratamiento a seguir según el tramo de edad que, conforme aumentaba, reducían las posibilidades de salir adelante. Las personas sanas y en forma, los que estén saludables y aquellos con problemas crónicos controlados recibirían Ventilación Mecánica Invasiva (VMI), mientras que el resto y los mayores de 75 tendrían como tratamiento oxígeno en alta concentración. Los VMI, los famosos respiradores, fueron los que en definitiva salvaron vidas al comienzo de la pandemia.
Más de 7.000 ancianos muertos
Alberto Reyero, exconsejero de Políticas Sociales en el primer gobierno de Isabel Díaz Ayuso asegura en su libro Morirán de forma indigna que en las residencias murieron más de 7.000 ancianos a causa de unos protocolos que impedían la derivación de los mayores a los hospitales.
Según denuncia, uno de los protocolos de la Consejería ordenaba que las personas que vivían en residencias y tenían cierto grado de dependencia o discapacidad no fueran trasladadas a los hospitales para se tratadas. En octubre de 2020, Reyero presentaría su dimisión.
El Constitucional da la razón a VOX y dictamina que la vacunación forzada para mantener el puesto de trabajo vulneró derechos
El
Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por
VOX contra un decreto ley del
Gobierno de Canarias aprobado durante la pandemia, que incluía restricciones vinculadas a la emergencia sanitaria. El fallo, adoptado por unanimidad, marca un precedente al establecer que
ciertos derechos fundamentales no pueden ser limitados mediante esta vía legislativa, incluso en situaciones de alerta por motivos de salud pública.
Uno de los puntos más relevantes de la resolución es la prohibición de condicionar el acceso a un empleo a la vacunación contra la Covid-19. El tribunal considera que imponer esta exigencia vulnera el derecho a la integridad física, ya que cualquier intervención médica requiere del consentimiento del afectado. Así, anula los artículos que supeditaban la contratación laboral a haberse vacunado o a haberse sometido a pruebas diagnósticas o de detección.
La sentencia aclara que, aunque la norma impugnada no imponía de forma expresa la vacunación obligatoria ni la realización forzosa de test, sí establecía consecuencias legales derivadas de la negativa a someterse a estas actuaciones sanitarias. Entre ellas, la imposibilidad de acceder a determinados puestos de trabajo. Para el Constitucional, esta condición ejerce una presión indirecta sobre la voluntad de la persona, y por tanto supone una limitación inconstitucional al derecho a decidir libremente sobre su propio cuerpo.
El pronunciamiento, redactado por la magistrada Laura Díez, integrante del ala progresista del tribunal, también censura otros aspectos del decreto canario, como las medidas de confinamiento y aislamiento, al entender que estas afectan a la libertad personal. Según el alto tribunal, el hecho de que estas restricciones puedan imponerse de manera coactiva impacta directamente sobre la autonomía de movimiento, lo que excede los márgenes permitidos para un decreto ley, instrumento reservado para situaciones de necesidad urgente pero con limitaciones respecto a los derechos fundamentales.